Si la empresa está inscripta en Convenio Multilateral para Ingresos Brutos MV4 Administración le da la posibilidad de hacer la configuración necesaria para liquidar todos los meses el CM03, registrar correctamente las Retenciones y Percepciones y anticipar el pago mensual de IIBB en el Cash Flow.
Para parametrizar el sistema para Convenio Multilateral hay que hacer las siguientes configuraciones:
ALICUOTAS Y COEFICIENTES POR JURISDICCIÓN.
Con la opción de menu: Impuestos/ Archivos/ Jurisdicciones de Ingresos Brutos, se accede a la lista de Jurisdicciones que ya viene precargada. Para cada una se pueden definir: - Alicuota IIBB: Es la alícuota de Impuesto a los Ingresos Brutos que corresponde por su actividad para cada jurisdicción. - Coeficiente: Ingresar para cada una de las jurisdicciones en las que está inscripto el coeficiente (0 < X < 1) informado en la última presentación anual del CM05. La suma de todos los coeficientes debe ser igual a 1, de lo contrario no funcionarán las funciones automáticas que tienen en cuenta estos coeficientes.
Estos coeficientes impactan en las siguientes funciones del sistema: - Planilla de IIBB - Aplicativo SIFERE - Imputación Automática de IIBB - Cash Flow
PERCEPCIONES Y RETENCIONES RECIBIDAS
Para que toda la operatoria de Convenio Multilateral funcione, toda percepción recibida en Facturas y Notas de Proveedores y toda retención recibida en Cobranzas, debe tener identificada correctamente la jurisdicción a la que corresponde. Y si en un mismo comprobante hay percepciones o retenciones de múltiples jurisdicciones se deben separar los montos correspondientes a cada jurisdicción. Son casos especiales las percepciones Bancarias (SIRCREB) y las que corresponden a facturas de despachante por Despachos de Importación/Exportación que se analizarán en forma separada. Para registrar correctamente las percepciones y retenciones primero hay que cargar los Regímenes de Retención y Percepción en Impuestos / Archivos / Regímenes de Retención y Percepción. Para Percepciones y Retenciones Recibidas, dado que los importes se cargan manualmente, solo basta con cargar un Régimen por cada Jurisdicción para Percepción y otro para Retención. Después, en la carga de Percepciones en Facturas y Notas de Proveedores, basta con identificar el Régimen de cada Percepción recibida y automáticamente aparecerá la jurisdicción correspondiente. No obstante eso, se puede modificar la jurisdicción de una Percepción en una Factura determinada. En Cobranzas, en cambio, la jurisdicción se obtiene automáticamente del Régimen de Retención cargado y no se puede cambiar, así que se debe elegir correctamente el Régimen en la carga. Para el procesamiento correcto de las Percepciones y Retenciones cargadas es importante tener en cuenta la fecha de presentación de las mismas. Esta fecha, en las Percepciones, es la de la Factura de Compra (fecha de Recepción) y en las Cobranzas es la fecha que se carga para cada Retención. De todas maneras estas fechas se pueden modificar en el archivo de Retenciones y Percepciones desde (área Impuestos, menú Impuestos, ítem Retenciones y Percepciones). Es importante no modificar más estas fechas una vez realizada la presentación del CM03. El cierre mensual protege contra la modificación de estas fechas.
PERCEPCIONES BANCARIAS (SIRCREB)
Las percepciones bancarias son un caso especial de percepciones recibidas porque deben estar identificadas para el SIFERE, donde se las debe importar en un archivo separado. Para esto ya viene precargado un régimen de percepción especial con código BAN. Este régimen no se debe modificar ni borrar y se utilizará solamente para las percepciones del SIRCREB. Los bancos realizan en forma automática débitos por el sistema SIRCREB en forma diaria. Se debita de la cuenta bancaria un porcentaje sobre los créditos. Estos débitos pueden aparecer diariamente o cada determinada cantidad de días. Se recomienda registrar estos débitos en forma mensual, a menos que se haga un cierre diario de la contabilidad, en cuyo caso se deberá registrar estos débitos diariamente. Los débitos se deberán registrar en una factura de proveedor (el Banco) como percepciones. Se debe distribuir cada débito (diario o mensual) por las jurisdicciones en las que la empresa está inscripta pero no de acuerdo a los coeficientes del CM05 sino a los que provee el mismo sistema SIRCREB a través de la página SIRCREB. Se cargará una percepción con código BAN para cada jurisdicción con el importe que le corresponde e identificando la Cuenta Bancaria a la que corresponde. Para que esto funcione correctamente las Cuentas Bancarias deberán tener completado el campo CBU.
PERCEPCIONES EN FACTURAS DE DESPACHOS
En los despachos de Importación/Exportación hay una percepción de IIBB que también, en caso de que la empresa esté inscripta en Convenio Multilateral, se debe descomponer por jurisdicción, en este caso por los coeficientes del CM05. Estas percepciones también son especiales porque el SIFERE también las exige en un archivo separado, son las percepciones aduaneras. Para que esto funcione correctamente se debe definir uno u dos regímenes de percepción especiales, para utilizar en los despachos de Importación y Exportación (por eso son uno u dos, porque se pueden elegir dos diferentes o el mismo para los dos casos). Este régimen, si están cargados los coeficientes para Convenio Multilateral, no necesita tener Jurisdicción definida porque automáticamente se descompondrá por jurisdicción. Si no hay coeficientes sí debe tener jurisdicción porque se registrará una única percepción. Los regímenes de percepción para despachos se cargan en Preferencias de Despachos (de Importación y/o de Exportación). Se accede a esta configuración desde el área Utilidades, menú Preferencias, ítem Preferencias. Se debe modificar los grupos Despachos de Importación y Despachos de Exportación y en ambos cargar el Código de Percepción de Ingresos Brutos para Despachos. Si en un Despacho de Importación/Exportación se carga un porcentaje ó monto para Ingresos Brutos, al generar la Factura del Despachante se generarán las percepciones en forma automática con el código de Régimen ingresado en Preferencias y, si hay Convenio Multilateral, separados por jurisdicción con los coeficientes del CM05.
JURISDICCION EN CLIENTES Y PROVEEDORES
Para la liquidación correcta del CM03 y para la confección de las planillas preparatorias para el CM05 es necesario cargar correctamente las jurisdicciones en Clientes y Proveedores. En el caso de Clientes la jurisdicción se puede cargar para la casa Matriz (Ficha del Cliente) y también para las Sucursales (Direcciones del Cliente). En el caso de Proveedores hay una única jurisdicción en la Ficha del Proveedor. En la carga de Facturas y Notas, tanto en Ventas como en Compras, se carga la Jurisdicción de Ingresos Brutos a la que corresponde cada una. Esta se obtiene automáticamente del Cliente, Sucursal del Cliente o Proveedor, pero se puede modificar para una factura determinada. Estas jurisdicciones serán tenidas en cuenta para la Planilla de Ingresos Brutos y también para la generación de Imputaciones Automáticas y su previsión en el Cash Flow.
IMPUTACIONES AUTOMATICAS PARA EL SIFERE
Para registrar mensualmente la obligación a pagar correspondiente al CM03 (SIFERE) se debe configurar la imputación automática de Ingresos Brutos (Retenciones y Percepciones Recibidas). Previo a esto se debe definir un Tercero para la Obligación a Pagar. La Cuenta Contable del Tercero será Ingresos Brutos a Pagar. No es necesario tener una Cuenta Contable y un Tercero diferente para cada Jurisdicción. Si se desea obtener información descompuesta por jurisdicción el sistema da las herramientas necesarias sin necesidar de usar para esto la Contabilidad. Se debe definir un Artículo para el devengamiento del Impuesto de Ingresos Brutos. Será un Artículo asociado a la cuenta de pérdidas Impuesto a los Ingresos Brutos. También es necesario definir un artículo para las Percepciones Recibidas y otro para las Retenciones Recibidas, o pueden ser el mismo si también se utiliza la misma Cuenta Contable. Esta Cuenta Contable es de Pasivo y será la misma que la que se cargó en Tipos de Impuestos para Percepciones y Retenciones Recibidas. Tampoco es imprescindible que haya artículos diferentes para cada jurisdicción. Definidos Tercero y Artículo, el paso siguiente será definir la Imputación Automática de Ingresos Brutos. Esto se realiza desde el área Impuestos, menú Archivos, ítem Imputaciones Automáticas. Se agrega una, se define como Tipo de Impuesto Ingresos Brutos y se deben tildar las filas de Débito Fiscal, Percepciones Recibidas y Retenciones Recibidas. En las tres filas el Tercero es el mismo, el creado para la Obligación a Pagar. Y el artículo será, en la de Débito Fiscal el del devengamiento de Impuesto y, en Percepciones y Retenciones, el correspondiente a cada una de estas. No tildar la columna xJ (por jurisdicción) a menos que se desee terceros ó artículos diferentes por jurisdicción, lo que ya se indicó como previamente como innecesario. El período debe ser de un mes. Los días de vencimento serán entre 15 y 20 de acuerdo a la fecha estimada del vencimiento del SIFERE que corresponde a su empresa. Y es importante cargar la fecha de arranque para que en el informe de Cash Flow no aparezcan como pendientes presentaciones realizadas antes de utilizar esta configuración. La generación de la imputación automática se realiza desde el área Terceros, menú Terceros, ítem Imputaciones. Una vez adentro, elegir del menú Documentos el ítem Generar Imputaciones Automáticas. Se realizará una generación mensual, con la fecha del último día del mes. El vencimiento será automáticamente el que se configuró en la imputación como Días Vencimiento. Siempre se generará una imputación por cada jurisdicción, aunque no se haya tildado ningún xJ en la Imputación Automática. Se generarán imputaciones para todas las jurisdicciones que tienen alícuota de convenio multilateral, con el impuesto calculado y las retenciones y percepciones recibidas por cada jurisdicción. Y si hay facturas de venta en jurisdicciones no declaradas, se generarán imputaciones también para estas jurisdicciones aplicando la alícuota correspondiente a las mismas pero sin descontar retenciones ni percepciones. Las imputaciones serán a Pagar si el saldo es positivo. Pero si es negativo (saldo a Favor) serán a Cobrar. Tener en cuenta que el total de la imputación será por el saldo obtenido en el mes, no se incluyen saldos a favor de meses anteriores que ya figurarán en Imputaciones a Cobrar no canceladas.
PLANILLA DE INGRESOS BRUTOS
Desde el área Impuestos, menú Listados, ítem Planilla de Ingresos Brutos se puede generar este informe, que es una verificación del formulario CM03 y también de las Imputaciones Automáticas de Ingresos Brutos. Esta planilla informa las ventas del mes y la descomposición por jurisdicción de los importes a pagar de IIBB y también de las retenciones y percepciones recibidas. Tiene en cuenta también saldos anteriores por jurisdicción registrados en imputaciones automáticas a cobrar no canceladas.
GENERACION DE ARCHIVOS DE IMPORTACION PARA APLICATIVO SIFERE
Esto se realiza desde el área Impuestos, menú Aplicativos, ítem SIFERE C. Multilateral. Una vez definido el mes a generar se acepta la ventana de parámetros y el sistema pedirá al usuario que elija una carpeta donde se guardarán los archivos a exportar. Se generarán 4 archivos de texto (.txt). Los nombres de estos archivos son Percepciones.txt, Retenciones.txt, Bancarias.txt y Aduaneras.txt. El sistema automáticamente generará los 4 archivos con los datos obtenidos de retenciones y percepciones. Se recuerda que las percepciones y retenciones incluidas en el informe serán las que tengan la fecha de presentación dentro del mes a generar.
PREVISIÓN DE INGRESOS BRUTOS EN EL CASH FLOW
El informe de Cash Flow incluye la previsión de pago de Ingresos Brutos en su área de Impuestos. Aparecerán en el informe los importes de ingresos brutos a pagar (o a cobrar si son saldos a favor) de cada mes para el que aún no se haya generado la imputación automática, dado que si ésta ya se generó aparecerá en la parte de Imputaciones a Pagar. El importe se calculará automáticamente utilizando la información cargada para el mes actual. Y para los meses futuros se calcularán las ventas obtenidas por Previsiones a Cobrar. Es importante haber ingresado la fecha de arranque en la imputación automática, de lo contrario aparecerán con fecha Anterior todas las imputaciones automáticas no generadas desde la fecha de arranque, o desde el inicio del uso del sistema si esta fecha está en 00/00/00.