Para registrar mensualmente la obligación a pagar correspondiente al CM03 (SIFERE) se debe configurar la imputación automática de Ingresos Brutos (Retenciones y Percepciones Recibidas). Previo a esto se debe definir un Tercero para la Obligación a Pagar. La Cuenta Contable del Tercero será Ingresos Brutos a Pagar. Se puede definir un Tercero diferente para cada Jurisdicción lo que es recomendable para poder mantener la Cuenta Corriente y el Saldo de cada una de ellas. La Cuenta Contable de los Terceros, en cambio, puede ser la misma dado que la apertura por jurisdicción de la obligación a pagar se hace en la gestión y no en la Contabilidad. Los códigos de los terceros usados deben tener todos una raíz común y una letra final que identifique a la jurisdicción (se usan los códigos de las viejas patentes de auto). El tercero con el código raíz debe existir también por si aparecen jurisdicciones para las cuales no está definido el tercero específico. Se debe definir un Artículo para el devengamiento del Impuesto de Ingresos Brutos. Será un Artículo asociado a la cuenta de pérdidas Impuesto a los Ingresos Brutos. También es necesario definir un artículo para las Percepciones Recibidas y otro para las Retenciones Recibidas. Tanto para el devengamiento como para las percepciones se puede abrir artículos por jurisdicción pero no es necesario porque se puede obtener la apertura por jurisdicción en los informes. Si se decide abrir vale la misma lógica de código raíz y códigos con la letra de cada jurisdicción al final. Las Cuentas Contables que corresponderán a los Artículos se obtendrán de la siguiente forma: La de devengamiento será la Cuenta Contable definida como de Débito Fiscal en el Tipo de Impuesto Ingresos Brutos. Las cuentas correspondientes a percepciones y retenciones se obtendrán de los Regímenes de Retención/Percepción usados (cuenta Recibidas) si estuvieran definidos y si no, las cuentas definidas para Retención y Percepción recibidas en el Tipo de Impuesto Ingresos Brutos. Utilizando Cuentas por Régimen y teniendo los Regímenes abiertos por Jurisdicción se obtendrá el efecto de cuentas abiertas por jurisdicción automáticamente.
Definidos Terceros, Artículos y Cuentas Contables, el paso siguiente será definir la Imputación Automática de Ingresos Brutos. Esto se realiza desde el área Impuestos, menú Archivos, ítem Imputaciones Automáticas. Se agrega una, se define como Tipo de Impuesto Ingresos Brutos y se deben tildar las filas de Débito Fiscal, Percepciones Recibidas y Retenciones Recibidas. En las tres filas el Tercero debería ser el mismo, el creado para la Obligación a Pagar. Y el artículo será, en la de Débito Fiscal el del devengamiento de Impuesto y, en Percepciones y Retenciones, el correspondiente a cada una de estas. Tildar la columna xJ (por jurisdicción) si se desea terceros ó artículos abiertos por jurisdicción. El período debe ser de un mes. Los días de vencimento serán entre 15 y 20 de acuerdo a la fecha estimada del vencimiento del SIFERE que corresponde a su empresa. Y es importante cargar la fecha de arranque para que en el informe de Cash Flow no aparezcan como pendientes presentaciones realizadas antes de utilizar esta configuración. La generación de la imputación automática se realiza desde el área Terceros, menú Terceros, ítem Imputaciones. Una vez adentro, elegir del menú Documentos el ítem Generar Imputaciones Automáticas. Se realizará una generación mensual, con la fecha del último día del mes. El vencimiento será automáticamente el que se configuró en la imputación como Días Vencimiento. Siempre se generará una imputación por cada jurisdicción, aunque no se haya tildado ningún xJ en la Imputación Automática. Se generarán imputaciones para todas las jurisdicciones que tienen alícuota de convenio multilateral, con el impuesto calculado y las retenciones y percepciones recibidas por cada jurisdicción. Y si hay facturas de venta en jurisdicciones no declaradas, se generarán imputaciones también para estas jurisdicciones aplicando la alícuota correspondiente a las mismas pero sin descontar retenciones ni percepciones. Las imputaciones serán a Pagar si el saldo es positivo. Pero si es negativo (saldo a Favor) serán a Cobrar. Tener en cuenta que el total de la imputación será por el saldo obtenido en el mes, no se incluyen saldos a favor de meses anteriores que ya figurarán en Imputaciones a Cobrar no canceladas.